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SAT – ¿Qué es RESICO (Régimen simplificado de confianza)?

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El inicio del nuevo año tributario trajo consigo algunos cambios que todos los contribuyen deberán conocer cuanto antes. Desde el 1 de enero, entrará en vigor la implementación del RESICO como nuevo régimen, lo cual simplificará los trámites realizados con el SAT.

Si te encuentras en México, es momento de ponerte al día sobre como el Régimen Simplificado de Confianza puede mejorar las condiciones de las personas físicas y morales. Descubre que sucederá con el RIF y el propósito que rodea el cambio del régimen fiscal.

¿RESICO o RIF?

Antes de estos cambios, el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) también buscaba incorporar a las personas físicas a la economía formal del país. Esto sucedía exclusivamente si sus actividades comerciales producían hasta dos millones de pesos al año. Sin embargo, el nuevo régimen de RESICO incluirá también a las empresas más pequeñas e informales.

Entre los incentivos de este nuevo esquema, destacan las tasas reducidas para el pago del Impuesto Sobre la Renta. Además, se propone un modelo que facilitará los pagos, todo con el propósito de aumentar la base de contribuyentes. Al mismo tiempo, el Régimen Simplificado de Confianza servirá como sustituto de RIF, el cual quedará anulado.

Para poder disfrutar de las novedades del nuevo régimen de RESICO, hará falta registrarse y presentar el aviso de actualización de actividades. Por otro lado, desde el inicio del nuevo año fiscal, el organismo ha migrado varios casos de manera automática. 

Requisitos para el RESICO

Como es de esperarse, las preferencias del nuevo régimen del SAT solo estarán disponibles para aquellas personas que cumplan con ciertos requisitos. Sin embargo, el Régimen Simplificado de Confianza estará disponible para las personas físicas y jurídicas que cumplan con el perfil.

Requisitos para personas físicas

En cuanto a los requisitos del RESICO para personas físicas, el más importante gira en torno a los ingresos anuales. Después de todo, sus actividades económicas no pueden superar los 3.5 millones de pesos mexicanos. Además, deben estar realizan alguna de las siguientes actividades:

  • Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)
  • Profesionales o empresariales
  • Contar con bienes inmuebles
  • Ganaderas, silvícolas, agrícolas o pesqueras
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Requisitos personas morales

El Servicio de administración tributaria también señaló que las empresas que quieran optar por las tarifas preferenciales, deben cumplir algunos requisitos. El RESICO para personas morales estará disponible siempre y cuando:

  • No ganen más de 35 millones de pesos al año
  • Los socios deben ser personas físicas

Beneficios del Régimen Simplificado

Anteriormente, hemos hecho alusión a los múltiples beneficios que vendrán con la implementación del nuevo régimen del RESICO. Sin embargo, el SAT ya ha dado información más detallada, para que sepas de qué trata.

  • Disminución del ISR: El beneficio del RESICO para personas físicas consiste en la disminución del impuesto dependiendo del ingreso obtenido. Normalmente, oscila entre el 1% y 2.5%.
  • Ajuste en el cálculo del impuesto: Algo similar ocurre con el beneficio del RESICO para personas morales. Ahora se tendrá como referencia los gastos e ingresos materializados efectivamente, incluso si las facturas reflejan algo diferente.
  • Se descarta el coeficiente de utilidad: La tributación del SAT reconoce que los gastos e ingresos en algunos sectores del mercado son inestables. Por esta razón, el impuesto se ajusta a la realidad actual de la persona.
  • Incentivo de inversión: El nuevo Régimen Simplificado de Confianza aumentará los porcentajes anuales para acreditar. Sin embargo, los montos no deben superar los 3 millones de pesos.

¿Cómo darme de alta en el RESICO?

Como ya mencionamos, para poder disfrutar de las novedades del nuevo régimen del RESICO, hará falta registrarse en este modelo. Para ello, la autoridad fiscal emitió un documento que explica la manera correcta de darse de alta, junto a otros detalles. Sin embargo, basta con que sigas los pasos mostrados a continuación para conseguirlo.

Verifica que no hayas migrado al RESICO

Desde que inició el año tributario, el Sistema de Administración Tributaria se ha encargado de migrar a las personas. Por esta razón, algunos contribuyentes se encuentran en el nuevo régimen de RESICO sin haberse dado de alta. Lo primero que haremos será comprobar si ya fuiste trasladado haciendo lo siguiente:

  • Entra a la página del SAT
  • Ingresa los datos del RFC y tu CURP
  • Dirígete a la sección de “Otros trámites y servicios”
  • Selección la opción “Generar constancia de situación fiscal”
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Además de encontrar datos como el domicilio fiscal, el nombre y el CURP, el contribuyente podrá comprobar el régimen al que pertenece.

Regístrate en el RESICO

Si todavía no has sido trasladado automáticamente por el organismo al nuevo régimen RESICO, puedes hacerlo tú mismo. Se trata de un proceso fácil de realizar, siempre y cuando sigas estos pasos:

  • Entra a la página del SAT
  • Pulsa en la sección de “Trámites del RFC”
  • Pulsa en “Inscripción al RFC”
  • Detalla que eres una persona física o jurídica
  • Llena los campos del trámite con los datos solicitados

Por último, puedes asegurar el éxito del proceso solicitando nuevamente la constancia de situación fiscal. En caso de haberlo hecho de manera correcta, debería reflejar que perteneces al nuevo régimen RESICO.

Configura tu cuenta para el RESICO

Como alternativa, también puedes optar por configurar la cuenta de tu empresa para cambiar el régimen al que pertenece. Luego de verificar que cuenta con el perfil para el Régimen Simplificado de Confianza, realiza el siguiente proceso:

  • Entra a tu perfil del SAT
  • Pulsa en “Configuración”
  • Haz clic en “Empresa”
  • Completa el formulario con los datos de tu empresa
  • Escoge el RESICO para personas morales
  • Guarda los cambios antes de cerrar

Recomendaciones para el nuevo régimen RESICO

Debido a que el SAT promete mejores tasas y facilidades con el RESICO a personas físicas, puede parecer la mejor opción. Sin embargo, lo ideal es evaluar con cuidado si en su situación económica es ventajoso cambiar al nuevo régimen. Tenga en cuenta que, de esta forma, no podrá hacer deducciones en el ISR, incluyendo las personales.

De cualquier forma, el organismo fiscal ha esclarecido algunas de las preguntas más frecuentes sobre el nuevo régimen del RESICO. Sumado a eso, han dejado algunos videos instructivos que podrían ayudarte a completar el traslado.